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CUANDO LA REPRESA ASANA SE REDUJO DE 5 MMC A 2 MMC

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  • by Luis Rodriguez Begazo
  • In OPINIÓN · REGIONALES
  • — 16 Jul, 2026
No olvidar. La represa Asana, una de las obras emblemáticas pendientes desde hace más de 14 años que adeuda la minera Quellaveco a Moquegua, pasó un reciente retroceso que hasta ahora se pretendería dejar al olvido: el hecho de que la capacidad de la represa Asana se redujera de 5 MMC (millones de metros cúbicos) a 2.5 MMC.
La población debe recordar que en la exgestión de Zenón Cuevas se logró que el proyecto de la represa Asana duplicara su capacidad de almacenamiento pasando de 2.5 a 5 MMC. Pero, esto cambiaría negativamente en la gestión de Gilia Gutiérrez ¿La razón? Supuestas inconsistencias de los informes técnicos y legales, las cuales no fueron expuestas ni explicadas.
Los hechos comenzaron el 23 de agosto de 2024, con la Resolución N.º 1 emitida por la gobernadora regional, Gilia Gutiérrez, en calidad de presidenta del consejo directivo del PERPG. Por medio del Oficio N.º 169-2024-GRM/PERPG, la gerencia de Pasto Grande notificó a AAQ que se estaba realizando un procedimiento de nulidad del Acta 49 (la cual fue elaborada por el Consejo Directivo del PERPG). Esta acta fue la que autorizó firmar el mencionado convenio de los 5 MMC.
El 17 de septiembre de 2024, AAQ respondió al procedimiento de nulidad solicitando que se archive por carecer de sustento legal, a causa de que los argumentos de la gerencia del PERPG hacían referencia a informes inexistentes, ya que no se especificaban cuáles eran, además de desconocimiento legal sobre el conducto regular de la anulación. En el caso del convenio, la única vía es un arbitraje, y en cuanto al Acta 49, solo puede ser anulada por el Consejo Directivo del PERPG.
El problema radica en lo que mencionó Quellaveco. Advirtieron que la presidenta del Consejo Directivo del PERPG, la gobernadora regional, Gilia Gutiérrez, no tiene competencia para declarar la nulidad, pues es el consejo en su conjunto quien lo decide. Por ello, la minera había solicitado que se archive esta pretensión de nulidad.
Lo alarmante del documento enviado por Quellaveco es que la minera argumentó que la Resolución N.º 1 no sustentaba la existencia de un agravio al interés público, limitándose a enunciar posibles vicios como: el PERPG no asumió compromisos sobre el Acuerdo N.º 11 (represa Asana); el proyecto de Asana no estaría dentro de los objetivos institucionales del PERPG; la supuesta existencia de informes que declararían la inviabilidad de que el PERPG asuma compromisos de operación y mantenimiento de la represa Asana; y un procedimiento irregular porque no habría informes técnicos, legales y presupuestales.
Sobre estos vicios, Quellaveco dijo que el PERPG no solo falla al identificar las supuestas irregularidades, sino que también las ha evaluado incorrectamente.
La minera precisó, además, que el Acta 49 y el convenio firmado son independientes al haberse consumado cada uno separadamente.
Sin embargo, un jueves 13 de junio de 2025 se firmó el acta que ratificó la renuncia a los 2.5 millones de metros cúbicos (MMC) de agua para la represa Asana, haciendo caso omiso al convenio de 2022 que duplicaba la capacidad a 5 MMC.
Pero por lo visto para las autoridades aquí no pasó nada…
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