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Uso de mascarillas es opcional en colegios

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  • — 30 Ago, 2022

Decreto Supremo entró en vigencia desde el lunes 29 de agosto.


El Gobierno mediante el Decreto Supremo Nº 108-2022-PCM, ha dispuesto, que el uso de la mascarilla en espacios abiertos de todo el país es opcional, mientras que en espacios cerrados seguirá siendo obligatorio con excepción de las instituciones educativas.

Es así que, a través del Decreto Supremo N°108-2022-PCM, publicado hoy en el diario El Peruano, se realiza una modificación en el artículo 4 y se detalla que “en las instituciones educativas el uso de mascarilla es opcional para los estudiantes, debiendo garantizarse la ventilación adecuada, conforme a la normativa vigente. El uso de mascarilla para el personal docente es obligatorio”.

Asimsismo, según el citado dispositivo, es obligatorio el uso de una mascarilla KN95 –o una mascarilla quirúrgica de tres pliegues y encima una mascarilla de tela– para personas con síntomas respiratorios, tanto en espacios abiertos como cerrados.

Disposiciones :

⦁ Es obligatorio el uso de una mascarilla KN95, o en su defecto una mascarilla quirúrgica de tres pliegues y encima de esta una mascarilla comunitaria (tela), en lugares cerrados.

⦁ Es opcional el uso de mascarillas en espacios abiertos.

⦁ Es obligatorio el uso de una mascarilla KN95, o en su defecto una mascarilla quirúrgica de tres pliegues y encima de esta una mascarilla comunitaria (tela), para personas con síntomas respiratorios, tanto en espacios abiertos y cerrados.

⦁ En las instituciones educativas el uso de mascarilla es opcional para los estudiantes, debiendo garantizarse la ventilación adecuada, conforme a la normativa vigente. El uso de mascarilla para el personal docente es obligatorio.

⦁ Los peruanos y extranjeros residentes de 12 años a más, deben acreditar haberse aplicado las tres dosis de vacunación contra la COVID-19 en el Perú o en el extranjero.

⦁ Los residentes mayores de 18 años que ingresen a los centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por departamento, locales de diversión y otros, tienen que presentar su carné físico o virtual que acredite haber recibido, en el Perú y/o el extranjero, las tres dosis de vacunación contra la COVID-19.

⦁ Dispóngase que, solo podrán ingresar a los coliseos, estadios deportivos y conciertos los mayores de 5 años que presenten su carné físico o virtual que acredite haber recibido, la primera y segunda dosis de vacunación contra la COVID-19, requiriéndose adicionalmente la tercera dosis para los mayores de 12 años.En todos los casos es obligatorio el uso permanente de una mascarilla KN95, o en su defecto una mascarilla quirúrgica de tres pliegues y encima de esta una mascarilla de tela”.

Aquí el D.S. https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/decreto-supremo-que-prorroga-el-estado-de-emergencia-naciona-decreto-supremo-n-108-2022-pcm-2100174-1/

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